Micelio

Artículo 37

' Capitalizaciones: La Asamblea General, A Propuesta De La Junta Directiva, Puede Capitalizar Mediante Ia Emisión De Acciones En Reserva Aún Les Provenientes De Futuros Aumentos De Capital, Toda Clase De Utilidades Libremente Distribuíbles Con Una Mayoría De Votos Que Represente No Menos Del 80%, De Las Acciones Representadas

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

' Capitalizaciones: La Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, puede capitalizar mediante ia emisión de acciones en reserva aún les provenientes de futuros aumentos de capital, toda clase de utilidades libremente distribuíbles con una mayoría de votos que represente no menos del 80%, de las acciones representadas. Las acciones provenientes de dicha capitalización serán distribuidas entre los accionistas a prorrata de las que tengan en la fecha de la Asamblea que la decrete, pero si con motivo de esta prorrata quedaren fracciones, se reconocerá a los interesados el derecho de optar entre pagar en dinero el saldo necesario para cancelar una acción o más, o el de recibirlo en efectivo, salvo acuerdo en contrario de la misma Asamblea.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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