Podrá también el Banco de la República descontar a los Bancos accionistas documentos suscritos por firmas particulares o por entidades oficiales, que estén garantizados con dichos bonos, pagarés o libranzas, siempre que reúnan las demás condiciones para ser descontables; y tendrá facultad, además, para comprar dichos documentos a entidades oficiales, y para adquirirlos o venderlos en mercado abierto, todo dentro del referido quince por ciento (15 por 100) adicional, y con el voto afirmativo de siete (7) directores.
Ley 73 de 1930 →Vigente
Artículo 1
Ley 73 de 1930 · POR EL CUAL SE MODIFICAN LAGNAS DISPOSICIONS DE LA LEY 25 1923, ORGANICA DEL BANCO DE LA REPUBLICA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.