Micelio

Artículo 7

La Incorporación De Los Funcionarios A La Planta De Personal Establecida En Los Artículos 3 Y 4 Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Noventa (90) Días Siguientes A Su Publicación, Teniendo En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto 1173 De 1999 Y Demás Normas Sobre La Materia

Decreto 250 de 2004 · por el cual se adopta la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal establecida en los artículos 3 y 4 del presente Decreto, se efectuará dentro de los noventa (90) días siguientes a su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas sobre la materia. Los empleados públicos del SENA continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 2004