Micelio

Artículo 8.35.1

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deducir y girar en el término previsto en la ley, a la entidad operadora de libranzas o al autorizado legalmente para recaudar y administrar el flujo, a nombre del beneficiario los recursos deducidos del salario, pensión o remuneración, siempre que medie autorización expresa y escrita para realizar dicho descuento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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