Las apropiaciones destinadas a dar cumplimiento a compromisos legales a cargo del Gobierno Nacional, deberán ser reservadas por el contralor General de la República previa solicitud del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 3505 de 1962 →Vigente
Artículo 38
Las Apropiaciones Destinadas A Dar Cumplimiento A Compromisos Legales A Cargo Del Gobierno Nacional, Deberán Ser Reservadas Por El Contralor General De La República Previa Solicitud Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 3505 de 1962 · Por el cual se reajusta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones (Ley 138 de 1961), para la vigencia fiscal del 1º de enero a 31 de diciembre de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.