La demanda debe contener:
a)
La designación del Tribunal a que se dirige;
b)
Lo que se demanda;
c)
Las disposiciones constitucionales o legales en que se funda; y
d)
Los hechos en que se apoya
Ley 130 de 1913 · LEY 130 DE 1913, 13/12/1913, Sobre la jurisdicción de lo contencioso-administrativo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La demanda debe contener:
La designación del Tribunal a que se dirige;
Lo que se demanda;
Las disposiciones constitucionales o legales en que se funda; y
Los hechos en que se apoya
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.