Micelio

Artículo 25

Decreto 3049 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veinticinco. Corresponde a la División Postal la programación, dirección y control de los servicios postales del país y de los que se presten en conexión con el exterior; la elaboración y control de la aplicación de las normas para la operación del correo; el establecimiento de registros permanentes que permitan comprobar la calidad de los servicios prestados y los resultados económicos de la explotación de los sistemas postales del país; y la coordinación de la política del país en esta materia, de conformidad con la orientación trazada por el Ministro y con los tratados y convenios internacionales. De la Sección Postal Internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3049 de 1968