º. El Ministro de Hacienda y Crédito Público a nombre del Gobierno Nacional y el Gerente del Banco de la República, suscribirán un Acta en la cual constará cada una de las deudas objeto de la consolidación.
Decreto 1431 de 1975 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1431 de 1975 · Por el cual el Gobierno Nacional consolida su deuda interna con el Banco de la República y se conceden unas autorizacciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.