✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La notificación de todo auto o sentencia a una persona que se halle detenida o esté cumpliendo condena, se verificará en el respectivo establecimiento de detención o de pena; adonde se trasladará el empleado que deba hacer la notificación.
Términos .
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.