º Créase el Comité Central de Seguridad Vial para formular, dirigir, orientar, coordinar y controlar las políticas de seguridad vial. Este Comité estará integrado por
El Viceministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado, quien lo presidirá .
El Secretario Técnico del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
El Director General del Instituto Nacional del Transporte.
El Asesor Jurídico del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
El Director de Carreteras.
El Comandante de la Policía Vial Nacional.
El Jefe de la Oficina de Programación de Carreteras, quien tendrá a su cargo la Secretaría permanente de este Comité.