Recibida la solicitud de que trata el artículo 23 del Capítulo IV, la Gerencia aceptará el depósito de mercancías destinadas a almacenes administrados por la Zona, siempre y cuando exista espacio disponible en los almacenes, patios o cobertizos y que no exista razón justificativa para negarlo.
Decreto 2411 de 1975 →Vigente
Artículo 26
Recibida La Solicitud De Que Trata El Artículo 23 Del Capítulo Iv, La Gerencia Aceptará El Depósito De Mercancías Destinadas A Almacenes Administrados Por La Zona, Siempre Y Cuando Exista Espacio Disponible En Los Almacenes, Patios O Cobertizos Y Que No Exista Razón Justificativa Para Negarlo
Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.