°. Terminación anticipada de la cobertura . La cobertura se terminará en forma anticipada en los siguientes eventos
Por pago anticipado del crédito.
Por mora en el pago de tres (3) cuotas consecutivas a cargo de los deudores. En este caso, la cobertura se perderá a partir del día siguiente al vencimiento de la última cuota incumplida.
Por petición de los deudores.
Por cesión del crédito por parte del deudor.
Por reestructuración del crédito que implique el incremento de los montos o saldos de las obligaciones o ampliación del plazo de los créditos.
Por aceleración del plazo conforme a los términos contractuales.
La cobertura se mantendrá vigente en los casos de cesión, venta o enajenación de la cartera con cobertura, entre establecimientos de crédito, y en los procesos derivados de titularización de cartera con cobertura.