Los Oficiales de la Policía Nacional serán retirados de) servicio en forma absoluta al cumplir las siguientes edades: Teniente 2°, 35 años; Teniente 1°, 40 años; Subcomandante, 45 años, y Comandante, 50 años.
Para los Oficiales procedentes de la clase de Tropa, que se encuentren en servicio activo al entrar en vigencia la presente Ley, se aumenta en 5 años más, las edades contempladas en este artículo.
Los Suboficiales y Agentes serán retirados del servicio al cumplir 50 años de edad.