Micelio

Artículo 2.2.1.20.3.1

Comunicación Por Parte Del Ministerio De Defensa Nacional

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comunicación por parte del Ministerio de Defensa Nacional. El Ministerio de Defensa Nacional comunicará al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la celebración de Contratos Principales dentro de los dos (2) meses siguientes a dicha celebración.Parágrafo 1°. En aquellos casos en que los proyectos Offset sean estructurados técnicamente de manera simultánea con la compra, el Ministerio de Defensa Nacional podrá invitar para su participación, al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. En todo caso, la firma del Contrato Principal no estará supeditada a la estructuración y firma de los Convenios Marco y Derivados.Parágrafo 2°. Por regla general, deberán primar las consideraciones relacionadas con el bien o servicio principal a adquirir y no se debe, por tanto, anteponer el Offset. El Offset es complementario a la adquisición y no al contrario. Así las cosas, el Offset es un mínimo excluyente en la estrategia de contratación, y de igual forma, las consideraciones sobre el Offset no podrán incidir en los estudios tendientes a definir las características del bien principal requeridas por el Sector Defensa.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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