Micelio

Artículo 1

Decreto 773 de 1905 · Por el cual se reorganiza el servicio médico del Distrito Capital

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1° A partir del 1° de Agosto en adelante, reducese el servicio médico del Distrito Capital al personal siguiente: Un Médico Jefe y tres Practicantes para el Hospital Militar central; y Un Médico Jefe y un Ayudante para los cuarteles del Ejército y Policía Nacional.

Parágrafo

El personal que por este Decreto se destina para servicio del Hospital Militar central, subsistirá mientras el Gobierno resuelve si ese establecimiento continúa por administración ó se celebra contrato para la asistencia de los enfermos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 773 de 1905