Art. 22. La carne que se decomise conforme á los artículos 14 y 15 de este decreto será para el arrendatario si el impuesto está arrendado, y sí nó, para el Fisco nacional. Pero si el fraude se ha descubierto por denuncio dado por algún particular, este tendrá derecho á la mitad de dicha carne.
Decreto 452 de 1886 →Vigente
Artículo 22
Decreto 452 de 1886 · Por el cual se establece un impuesto sobre el degüello de ganado mayor
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.