Remisión de proyectos para la firma del Presidente de la República. Los proyectos de decreto y de resolución para firma del Presidente de la República deberán remitirse a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República con la firma del (los) ministro(s) o director(es) de departamento administrativo que deben participar en su expedición, acompañados de la respectiva memoria justificativa y demás soportes documentales a que haya lugar.
TEXTO CORRESPONDIENTE A