Micelio

Artículo 10

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Contratos . Son funciones de la División de Contratos, las siguientes

1.

Elaborar los pliegos de condiciones, términos de referencia y las minutas de los contratos en que sea parte la Policía Nacional.

2.

Tramitar las órdenes de compra y los contratos que debe suscribir el Director General.

3.

Estudiar, elaborar y tramitar los convenios en que sea parte la Policía Nacional.

4.

Estudiar, evaluar y calificar en coordinación con la junta y comités técnicos designados por el Director General, los trámites requeridos en los procesos de contratación administrativa.

5.

Elaborar y tramitar los documentos y antecedentes relacionados con los contratos suscritos por el Director General.

6.

Llevar el control de los contratos, sus antecedentes y efectuar seguimiento sobre el cumplimiento jurídico de las obligaciones pactadas, en coordinación con el jefe o funcionario de la dependencia que tenga relación con los bienes y servicios convenidos.

7.

Ejecutar la publicación de los contratos de conformidad con lo establecido en la Ley 190 de 1995 y demás normas que la modifiquen o adicionen.

8.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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