Micelio

Artículo 1626

Para Gastos De Pavimentación De Carreteras Nacionales, Según Distribución Que Hará El Gobierno, En El Año $ 110

Decreto 3414 de 1950 · Por lo cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: Ministerio de Obras Públicas. Capítulo 111. Del artículo 1626. Para gastos de pavimentación de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno, en el año $ 110.000.00 Suman los contracréditos $ 110.000.00 Capítulo 105. Al artículo 1616. Para estudios y proyectos de obras de regularización portuarias y de defensa de las vías fluviales del país, en el año $ 70.000.00 Capítulo 110. Al artículo 1624. Para adquisición dentro y fuera del país, de equipo de maquinaria, repuestos, herramientas, instrumental de ingeniería, de laboratorio, y demás elementos indispensables para conservación, pavimentación, estudio y construcción de carreteras nacionales, en el año $ 40.000.00 Suman los créditos $ 110.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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