Micelio

Artículo 3

Ley 70 de 1945 · Por la cual se modifican algunas disposiciones de la Ley 7º de 1945 y se dictan otras sobre régimen interno de las Cámaras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el desempeño de comisiones accidentales fuera de la capital de la República, ningún miembro del Congreso podrá formar parte de ellas por más de dos veces durante la respectiva legislatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1945