Micelio

Artículo 1

Los Empleados De Las Entidades Públicas A Las Cuales Se Aplica La Ley 443 De 1998 Permanecerán En Los Cargos De Carrera Que Vienen Ejerciendo Con El Carácter De Provisionales Hasta Cuando Se Reglamenten, Convoquen Y Culminen Los Procesos De Selección Para Su Provisión Definitiva, Con Excepción De Quienes Como Resultado De Investigación Disciplinaria Deban Ser Retirados Del Servicio

Decreto 1330 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 2 del artículo 15 y el artículo 16 de la Ley 443 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados de las entidades públicas a las cuales se aplica la Ley 443 de 1998 permanecerán en los cargos de carrera que vienen ejerciendo con el carácter de provisionales hasta cuando se reglamenten, convoquen y culminen los procesos de selección para su provisión definitiva, con excepción de quienes como resultado de investigación disciplinaria deban ser retirados del servicio. Por lo tanto, los respectivos nominadores no podrán declarar la insubsistencia de sus nombramientos a partir de la fecha y durante el desarrollo de los citados procesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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