El auxilio de que trata el artículo anterior será incluido en el Presupuesto para la próxima vigencia, y, si fuere necesario, será incluido también, en la cuantía en que no hubiere sido cubierto, en los Presupuestos de las vigencias posteriores; pero en el caso de que eso no se hiciere, se autoriza al Gobierno Nacional para abrir los créditos, hacer los traslados o efectuar los contracréditos correspondientes, al efecto de dar estricto cumplimiento a esta Ley.
Ley 25 de 1962 →Vigente
Artículo 2
Ley 25 de 1962 · Por la cual se concede un auxilio a la Escuela Normal Antioqueña de Señoritas que funciona en Medellín, Departamento de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.