Micelio

Artículo 20

Decreto 568 de 1966 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 03 de 1966 (febrero 21), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal 1966-1967

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda remuneración que tenga carácter de sueldo, se pagará por nómina según el Acuerdo de cargos y asignaciones civiles. Por planilla sólo se pagarán los jornales de los trabajadores u obreros de las obras públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 568 de 1966