º El Fondo cumplirá las siguientes funciones
Organizar y administrar el Régimen de Seguridad Social a que tengan derecho sus afiliados, de acuerdo a la legislación vigente sobre la materia;
Atender las prestaciones a que se obligue legalmente en favor de sus afiliados;
Expedir, con la aprobación del Gobierno Nacional, sus estatutos y reglamentos para la atención de las prestaciones y servicios a su cargo;
Establecer los mecanismos de recaudo y control de los aportes y demás ingresos que la ley establece;
Realizar inversiones que le permitan servir oportunamente los objetivos propios de la entidad y le faciliten logros en favor de la población a su cargo, siempre y cuando tales inversiones queden suficientemente garantizadas y en condiciones de máxima rentabilidad y liquidez;
Promover, estimular y apoyar toda clase de actividades para el fomento del arte y del folclor nacional;
Establecer los sistemas y planes de financiación, orientados a la adquisición, reparación, construcción y liberación de vivienda, y a la formación, perfeccionamiento o complementación de la educación artística de los afiliados, así como de la adquisición de material y equipos propios de su actividad;
Determinar la estructura y los sistemas de atención de las servicios y las condiciones según las cuales los socios pueden beneficiarse de ellos, siempre y cuando sean compatibles con la ley;
Los demás que las leyes y los estatutos establezcan.