Grupos Técnico-Pedagógicos Regionales y Seccionales. Los Grupos Técnico - Pedagógicos Regionales y Seccionales, estarán integrados por los funcionarios homólogos en esos niveles, de aquellos que conforman el Comité Técnico-Pedagógico Nacional del Sistema, lo cual se hará mediante resolución del Director Regional o Seccional. Cuando se vayan a evaluar productos técnico-pedagógicos asistirán los dos (2) representantes de los instructores designados por la organización sindical, en los niveles regionale o seccional, según el caso. Corresponde a Grupos Técnico-Pedagógicos Regionales y Seccionales las siguientes funciones
Recibir las inscripciones de los productos técnico-pedagógicos de la Regional.
Recibir, analizar y evaluar los productos técnico-pedagógicos presentados por los instructores y presentar los resultados con la documentación de soporte al Comité Regional del Sistema.
Devolver con las observaciones respectivas los productos técnico-pedagógicos que no cumplan con lo establecido en el presente decreto.
Clasificar los productos técnico-pedagógicos de acuerdo con lo establecido en el presente decreto.
Llevar el registro y control de los productos técnico-pedagógicos presentados por los instructores a nivel Regional.
Orientar a los interesados en la búsqueda de información sobre los productos técnicopedagógicos existentes y validados en la institución, con el fin de evitar duplicidades.