Micelio

Artículo 10

Reingreso

Decreto 963 de 2009 · por el cual se reglamenta el Servicio de Radioaficionado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reingreso . Las personas que ejercieron la actividad de radioaficionado y desean reingresar al servicio, o cuya licencia expiró por vencimiento del término de su vigencia, podrán solicitar nuevamente al Ministerio de Comunicaciones licencia de radioaficionado en la categoría correspondiente, para lo cual se deberá cumplir con los siguientes requisitos

1.

Presentar los documentos relacionados en los puntos 1, 2 y 4 de los requisitos generales del artículo 7° del presente decreto, y estar a paz y salvo por todo concepto con el Ministerio de Comunicaciones.

2.

Presentar copia de la última licencia que demuestre la categoría a la que perteneció el interesado o informar el número del acto administrativo en la cual conste. El Ministerio de Comunicaciones se reserva el derecho de restituir el indicativo de llamada asignado con interioridad a la nueva licencia de reingreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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