º Funciones de la Junta Directiva. Las funciones de la Junta Directiva del Instituto de Asuntos Nucleares serán, entre otras, las siguientes
Formular la política general del Instituto y los planes y programas que, conforme a las reglas que prescriban el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Minas y Energía, deban proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y de ciencia y tecnología, y a través de éstos a los planes generales de desarrollo.
Adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional.
Establecer la estructura interna y la planta de personal del Instituto, señalar las funciones correspondientes a cada dependencia y someterlas a la aprobación del Gobierno Nacional.
Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto y las adiciones, traslados y reformas, conforme a las normas legales en la materia.
Controlar el funcionamiento general del Instituto y verificar su conformidad con la política adoptada.
Aprobar los actos o contratos que por su cuantía o naturaleza deban cumplir ese requisito, de acuerdo con lo que al respecto señalen los estatutos internos y las normas vigentes.
Autorizar las comisiones y viajes de estudio al exterior para los funcionarios del Instituto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por las disposiciones legales vigentes.
Darse su propio reglamento.
Autorizar la participación del Instituto en sociedades o personas jurídicas que contribuyan al desarrollo de los objetivos del Instituto.
Delegar, con el voto favorable del Ministro de Minas y Energía, en otras entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, el cumplimiento de alguna o algunas de las funciones que corresponden al Instituto.
Las demás que señale la ley o los estatutos respectivos.