Micelio

Artículo 1

La Citación De Los Concejales A Las Sesiones Del Concejo Municipal Se Hará Por Medio De Notificación Personal Y Colectiva, Hecha Por Conducto, Del Secretario Respectivo Y Con Indicación Precisa De Los Asuntos Que Serán Objeto De La Sesión

Decreto 49 de 1932 · Por el cual se reglamentan la Ley 84 de 1915, la Ley 5a de 1929 y otras disposiciones en relación con el funcionamiento de los Concejos Municipales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La citación de los Concejales a las sesiones del Concejo Municipal se hará por medio de notificación personal y colectiva, hecha por conducto, del Secretario respectivo y con indicación precisa de los asuntos que serán objeto de la sesión. La citación la hará el Secretario por medio de un empleado subalterno del Concejo o de un Agente de Policía. Queda reglamentado así el artículo 3° de la Ley 84 de 1915.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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