°. La citación de los Concejales a las sesiones del Concejo Municipal se hará por medio de notificación personal y colectiva, hecha por conducto, del Secretario respectivo y con indicación precisa de los asuntos que serán objeto de la sesión. La citación la hará el Secretario por medio de un empleado subalterno del Concejo o de un Agente de Policía. Queda reglamentado así el artículo 3° de la Ley 84 de 1915.
Decreto 49 de 1932 →Vigente
Artículo 1
La Citación De Los Concejales A Las Sesiones Del Concejo Municipal Se Hará Por Medio De Notificación Personal Y Colectiva, Hecha Por Conducto, Del Secretario Respectivo Y Con Indicación Precisa De Los Asuntos Que Serán Objeto De La Sesión
Decreto 49 de 1932 · Por el cual se reglamentan la Ley 84 de 1915, la Ley 5a de 1929 y otras disposiciones en relación con el funcionamiento de los Concejos Municipales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.