Para La Aprobación De Registros De Cambio, Destinados Al Pago De Importaciones, Será Necesario, A Partir De La Vigencia De Esta Resolución, Presentar El Manifiesto De Aduana Correspondiente, Además De Los Documentos Indicados En La Resolución Número 9 Del 28 De Noviembre De 1951
Decreto 3011 de 1954 · Por el cual se aprueba la Resolucion numero 21 e la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la Republica.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
"Artículo 1º Para la aprobación de registros de cambio, destinados al pago de importaciones, será necesario, a partir de la vigencia de esta resolución, presentar el manifiesto de aduana correspondiente, además de los documentos indicados en la Resolución número 9 del 28 de noviembre de 1951. "
Parágrafo
Cuando no sea posible la presentación del manifiesto de aduana, podrá suplirse este requisito mediante la constitución de una garantía bancaria o respaldada con depósito en dinero efectivo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.