Micelio

Artículo 66

Decreto 2247 de 1984 · Por el cual se modifica el Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Clasificación de las comisiones . Las comisiones en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, pueden ser individuales o colectivas, de acuerdo con la misión por cumplir, y se clasifican así: a) Comisiones transitorias: Las que tienen una duración hasta de noventa (90) días. b) Comisiones permanentes: Las que exceden de noventa (90) días; c) Las comisiones, tanto transitorias como permanentes, pueden ser

1.

Dentro del país.

2.

En el exterior. d) Las comisiones dentro del país, pueden ser: 1. En el ramo de Defensa. 2. En otras dependencias. e) Las comisiones en el exterior, pueden ser: 1. Administrativas. 2. De estudios.

3.

De tratamiento médico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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