El original de la presente Convención en español, inglés, portugués y francés, será depositado en la Unión Panamericana y abierto a ala firma de las Repúblicas Americanas. La convención quedará abierta, además, a la adhesion y accesión de los Estados Americanos que no sean miembros de la Unión Panamericana. La Unión Panamericana enviará copias certificada aunténticas a los Gobiernos para los efectos de la ratificación.
Decreto 3268 de 1953 →Vigente
Artículo 19
Decreto 3268 de 1953 · Por el cual se promulga la Convención por medio de la cual se reglamenta el tráfico auto-motor interamericano, abierta a la firma de todos los países americanos, en la Unión Panamericana, desde el 15 de diciembre de 1943
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.