º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y requiere para su validez de la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníque se y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993). Presidenta. (Fdo.) María Elena Triana Rivera. Secretaria. (Fdo.) Bertha Marina Caitán de Galán ».
Decreto 1749 de 1994 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 1749 de 1994 · por el cual se aprueba el acuerdo 045 del 9 de diciembre de 1993 expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca, sobre adopción de la Planta de Personal Docente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.