Art. 1.° El catedrático de Historia patria en la Escuela de Literatura i Filosofía gozará de la asignacion anual de seiscientos pesos ($600).
Decreto 18710928 de 1871 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18710928 de 1871 · por el cual se aumenta el sueldo del catedrático de Historia patria en la Escuela de Literatura i Filosofía.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.