Los Subjefes de los Resguardos tendrán el carácter de Jefes de grupo o grupos de Resguardo que el Jefe General, de acuerdo con el Administrador General, ponga bajo su dependencia, y serán los empleados que a nombre en vez de sus superiores jerárquicos, visiten las Secciones de Resguardos y Celadurías para cerciorarse de que se cumplen estrictamente las disposiciones de este Decreto y de los reglamentos respectivos. De los Cabos y Guardas.
Artículo 18
Los Subjefes De Los Resguardos Tendrán El Carácter De Jefes De Grupo O Grupos De Resguardo Que El Jefe General, De Acuerdo Con El Administrador General, Ponga Bajo Su Dependencia, Y Serán Los Empleados Que A Nombre En Vez De Sus Superiores Jerárquicos, Visiten Las Secciones De Resguardos Y Celadurías Para Cerciorarse De Que Se Cumplen Estrictamente Las Disposiciones De Este Decreto Y De Los Reglamentos Respectivos
Decreto 986 de 1922 · Por el cual se organiza la Administración de las salinas marítimas del Atlántico y la venta de sus sales en los Departamentos del Pacífico
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.