Micelio

Artículo 12

Decreto 1653 de 1977 · por el cual se establece el régimen especial de prestaciones sociales de los funcionarios de seguridad social que prestan sus servicios al Instituto de Seguros Sociales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la liquidación de la prima en caso de retiro. La prima especial establecida en el artículo anterior se reconocerá a los funcionarios que efectivamente disfruten de sus vacaciones en tiempo. Sin embargo, cuando un funcionario de seguridad social se retire de la entidad, por causa distinta de destitución, sin haber gozado de vacaciones compensadas, tendrá derecho al reconocimiento y pago de la prima en forma proporcional al tiempo servido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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