Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1527 de 1981 · Por el cual se reglamentan la Ley 29 de 1969, artículos 4° y las Leyes 7ª y 38 de 1981, en lo relativo a los planes y programas de Desarrollo Departamental.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Etapa de diagnóstico. La etapa de diagnóstico consiste en una evaluación de la situación existente y de las posibilidades o limitaciones futuras del desarrollo del departamento, así como la identificación de las principales potencialidades de la región. Comprende especialmente un análisis de los siguientes aspectos

1.

Descripción general del departamento. 1.1 Aspectos físicos: topografía, hidrología, geología, cli matología, suelos vegetación, ecología. 1.2 Recursos naturales. 1.3 p oblación: dinámica demográfica - tasas de crecimiento, distribución e n especial de la población áreas rurales y urbana s - densidades territoriales urbanas y rurales, migraciones, proyecciones de población. 1.4 La base económica: sector primario, sector secunda rio y sector terciario. Niveles comparativos: regional nacional, 1.5 Características económicas de la población; población económicamente activa (PEA).Estructura del empleo, desempleo y subempleo. 1.6 Infraestructura: transporte y comunicaciones, servi cios públicos: energía, acueductos, alcantarillados, mataderos, plazas de mercado, etc. 1.7 Los equipamientos: la vivienda, la educación; la. salud, la recreación. 1.8 Bases, Fuentes, memos y sistemas de liquidación, recaudo y control de los impuestos, contribuciones, tasas y participaciones. 1.9 Estructura administrativa, instrumentos, formas de coordinación institucional, sistemas de orientación y control de las actividades privadas.

2.

Descripción de las relaciones interregionales, Movimientos y flujos de población; productos y de servicios. Areas de mercado y de servicios.

3.

Identificación de los principales problemas y potencialidades del departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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