Micelio

Artículo 15

El Instituto Nacional De Radio Y Televisión -Inravision- Controlará La Programación Que Se Adjudique Y Exigirá Los Cambios Que Estime Convenientes

Decreto 2228 de 1983 · Por el cual se reglamentan los artículos 3, 4, 30, 202, 204, 206, 208, 251, 268 y 284 del Decreto-ley 222 de 1983

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Nacional de Radio y Televisión -INRAVISION- controlará la programación que se adjudique y exigirá los cambios que estime convenientes. Para el efecto deberá realizar las investigaciones necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2228 de 1983