ARTICULO 71 . División Técnica . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector, son funciones de la División Técnica, las siguientes
Definir y controlar las normas y estándares relacionados con la construcción y mantenimiento de los sistemas de información;
Investigar, mantener, optimizar y resolver los problemas de la utilización de las herramientas de soporte lógico de la Dirección;
Estudiar y plantear alternativas sistémicas de software y hardware, a las utilizadas por la Dirección con el fin de adecuarse a los cambios estructurales y de procedimientos de la Dirección;
Emitir conceptos sobre las especificaciones para la adquisición o arrendamiento de equipos de cómputo por parte de la Dirección;
Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Informática.