La Nación, por intermedio de la Empresa Colombiana de Aeródromos, mejorará y hará las instalaciones complementarias de los Aeródromos de Tumaco e Iscuandé.
Ley 34 de 1965 →Vigente
Artículo 2
Ley 34 de 1965 · por la cual se ordena la construcción y terminación de unos aeródromos en el Departamento de Nariño y uno en el Departamento del Cauca.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.