Autorízase al Gobierno Nacional, por el término de cinco (5) años, para elaborar directamente o por contrato, estudios de factibilidad técnica y económica y preparar diseños completos de un Canal Interoceánico por la Hoya del río Atrato y a través de la Serranía del Baudó.
Los contratos que celebre el Gobierno en cumplimiento de este artículo, además de los requisitos legales vigentes, requerirán concepto previo favorable de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.