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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Inversion Ministerio Df

Decreto 283 de 1967 · Por el cual se distribuye una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 5.000.000.00

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El texto del artículo

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º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE INVERSION MINISTERIO DF. DEFENSA NACIONAL CAPITULO 1071 Rama Técnica A) Programas de Inversión Directa PROGRAMA 1071 Construcción de edificios, pistas, rampas y hangares para el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Colombiana, Inversión directa. Recursos ordinarios 564, 43o. Articulo 10701. Construcción, terminación y ampliación de cuarteles, alojamientos, casinos, casas fiscales, escuelas, hospitales, pistas, rampas y hangares para el Ejército Nacional, la Armada. Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana, mediante distribución que hará el Gobierno por decretos especiales, previo estudio del Ministerio de Defensa, el Departamento Administrativo de-Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto $ 5.000.000.00. Proyecto 1. Para construcción de los cuarteles del Grupo de Caballería Mecanizado número 5 "Maza" en Cúcuta $ 5.000.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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