Establecer un gravamen arancelario del cinco por ciento (5%) a las importaciones de Politereftalato de etileno - PET clasificado en la subpartida arancelaria 3907.61.90.00 del Arancel de Aduanas Nacional.
Decreto 454 de 2021 →Vigente
Artículo 1
Establecer Un Gravamen Arancelario Del Cinco Por Ciento (5%) A Las Importaciones De Politereftalato De Etileno - Pet Clasificado En La Subpartida Arancelaria 3907
Decreto 454 de 2021 · Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de Politereftalato de etileno - PET"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.