ARTICULO 27 . DISPOSICIONES APLICABLES. Son faltas disciplinarias, además de las aquí consagradas, el incumplimiento de los deberes, la violación de las prohibiciones y el abuso de los derechos contenidos en el Decreto 2400 de 1968, el Régimen de Personal del Inpec, la Ley 13 de 1984, el Decreto 482 de 1985, la Ley 65 de 1993 y aquellas que por disposición legal estén establecidas o se establezcan. CAPITULO IV. SANCIONES
Decreto 398 de 1994 →Vigente
Artículo 27
Decreto 398 de 1994 · por el cual se dicta el Régimen Disciplinario para el personal que presta sus servicios en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.