Micelio

Artículo 1

La Explotación De Las Líneas Telefónicas Establecidas Y Que En Lo Sucesivo Se Establezcan En La República, Por Cuenta Del Gobierno, Se Ajustará A Las Disposiciones Contenidas En Los Artículos Siguientes

Decreto 923 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio telefónico nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La explotación de las líneas telefónicas establecidas y que en lo sucesivo se establezcan en la República, por cuenta del Gobierno, se ajustará a las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 923 de 1926