Micelio

Artículo 69

El Fiscal, Como Representante De Las Fuerzas Militares Y De La Sociedad, Debe Procurar La Sanción De Los Infractores De La Ley Penal, Y Procurar La Defensa De Las Personas Acusadas Sin Justa Causa

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El fiscal, como representante de las Fuerzas Militares y de la sociedad, debe procurar la sanción de los infractores de la ley penal, y procurar la defensa de las personas acusadas sin justa causa. En cumplimiento de sus deberes, debe pedir la práctica de las pruebas conducentes el esclarecimiento de la verdad, la detención o la libertad del procesado, cuando sea pertinente y, en general, intervenir en todas las diligencias y actuaciones del proceso.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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