Micelio

Artículo 3

Establecer Un Contingente De Importación De 161 Unidades Con Gravamen Arancelario Del Cero Por Ciento (0%), Para La Importación De Vehículos Clasificables Por Las Siguientes Subpartidas: 8702909130 8702909140 8702909150 8702909160 8703221020 8703229030 8703231020 8703239030 8703241020 8703249030 8703900010 8703900030 8703900040 8704311010 8704900011 8704900012 8704900013 Parágrafo

Decreto 2658 de 2011 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Establecer un contingente de importación de 161 unidades con gravamen arancelario del cero por ciento (0%), para la importación de vehículos clasificables por las siguientes subpartidas: 8702909130 8702909140 8702909150 8702909160 8703221020 8703229030 8703231020 8703239030 8703241020 8703249030 8703900010 8703900030 8703900040 8704311010 8704900011 8704900012 8704900013

Parágrafo

El contingente también podrá utilizarse para la importación de chasises de la partida 87.06 para vehículos de estas subpartidas, equipados con motor de funcionamiento exclusivo con gas natural, con motor eléctrico o híbrido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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