Micelio

Artículo 2

Ley 146 de 1961 · Por la cual se suprime un impuesto y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Banco de la República para:

1º Entregar al Gobierno Nacional una suma igual al faltante que resulte de las cantidades incluidas en el Presupuesto de la presente vigencia fiscal por concepto de reintegro por depósitos constituidos para el pago de la deuda externa comercial, ocasionados por la reducción del impuesto de exportación del 15% al 9%, según el Decreto 2918 de 1960. El Banco entregará las sumas que cubran la diferencia entre la 12ª mensual presupuestada y el producto de la renta.

2º Para entregar al Gobierno Nacional en el año de 1962 la suma de $75.800.000.00 por el mismo concepto determinado en el numeral anterior, para absorber el faltante causado por la supresión del impuesto de exportación previsto en la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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