° Para entrar al territorio nacional, los extranjeros, deberán poseer
Pasaporte vigente, o documento de viaje, o salvoconducto o cualquier otro documento oficial expedido a su nombre; y
La correspondiente visa o permiso de entrada.
Para Entrar Al Territorio Nacional, Los Extranjeros, Deberán Poseer: A) Pasaporte Vigente, O Documento De Viaje, O Salvoconducto O Cualquier Otro Documento Oficial Expedido A Su Nombre; Y B) La Correspondiente Visa O Permiso De Entrada
Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Para entrar al territorio nacional, los extranjeros, deberán poseer
Pasaporte vigente, o documento de viaje, o salvoconducto o cualquier otro documento oficial expedido a su nombre; y
La correspondiente visa o permiso de entrada.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.