° La partida que se traslada llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GOBIERNO capitulo 4.° bis Tribunales de lo Contencioso Administrativo. Artículo 6.° c. Para honorarios de los Conjueces de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, en los casos en que tengan que funcionar, hasta $ 1.500 Artículo 6.° d. Para arrendamiento de locales y material de los Tribunales Seccionales de fuéra de Bogotá. hasta 1,750 3,250 capitulo 18 Gastos varios. Artículo 204 a. Para pagar los sueldos de los empleados de la Oficina del Censo Nacional en el presente año, así:
° Del Archivero, a $ 80 mensuales $ 960
° Del Portero. a $ 30 mensuales 360 1,320 1,320 Total $ 4,570
Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.