Ejercicios de planeación para la Asignación para la Inversión Regional. Las mesas de participación ciudadana en las cuales se definan y prioricen las iniciativas o proyectos susceptibles de financiación con cargo a los recursos de la Asignación para la Inversión Regional de las que trata el
del Artículo 30 de la Ley 2056 de 2020, serán presididas por el Gobernador y contarán con el apoyo de la Comisión Regional de Competitividad e Innovación (CRCI), la cual, de acuerdo con el Artículo 2.1.8.3.2 del Decreto 1651 de 2019 o el que modifique o sustituya, será presidida por el Gobernador del Departamento. Cada CRCI debe asegurar internamente que al tratarse temas específicos de la Asignación para la Inversión Regional del Sistema General de Regalías los procedimientos sean liderados por el Gobernador en el marco de la sesión del Comité Ejecutivo de la CRCI. Para tal efecto, estas mesas deberán ser lideradas por el Gobernador a partir de una metodología propuesta con el apoyo del Comité Ejecutivo de la CRCI, para la inclusión de los proyectos e iniciativas en su Plan Departamental de Desarrollo y de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación (ADCI), que tengan impacto regional, relacionados con competitividad e innovación, entre otros proyectos, que sean susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional; en el capítulo independiente de "Inversiones con cargo al SGR" de su Plan de Desarrollo Departamental. Para lo anterior
El Comité ejecutivo de la CRCI será el encargado de apoyar al Gobernador en el análisis y la conceptualización de los proyectos o iniciativas de impacto regional susceptibles de financiación con la Asignación para la Inversión Regional, que sean presentados en las mesas de participación ciudadana.
Los proyectos e iniciativas de la ADCI serán uno de los insumos para el análisis, conceptualización y decisión para la Asignación para la Inversión Regional de acuerdo con los alcances en términos de competitividad e innovación.
Los proyectos e iniciativas que se presenten por otros actores e instancias de la jurisdicción para la Asignación de la Inversión Regional del SGR, y que se definan y prioricen en las mesas públicas de participación ciudadana; serán sujeto de apoyo de análisis y conceptualización por parte del Comité Ejecutivo de la CRCI.
El Comité Ejecutivo de la CRCI podrá conformar Comités Técnicos entre sus actores e instancias para acompañar los procesos de análisis y conceptualización sobre los diferentes proyectos e iniciativas sujetos del apoyo. En todo caso, la participación en este comité será ad-honorem.
Las CRCI apoyarán al Gobernador en las convocatorias a las Mesas Publicas de Participación Ciudadana donde se presentarán las propuestas de iniciativas y proyectos en las que se definirán y priorizarán los proyectos de inversión regional para la Asignación de la Inversión Regional.
Los miembros del Comité Ejecutivo de la CRCI y actores e instancias relacionadas con la Comisión participarán activamente de las mesas de participación donde se presenten las propuestas de proyectos e iniciativas susceptibles de ser financiadas con la Asignación para la Inversión Regional del SGR. Así mismo, los gobernadores deberán invitar a estas mesas públicas de participación ciudadana a los Representantes a la Cámara de cada departamento y los Senadores que hayan obtenido más del 40% de su votación en la respectiva región. De igual manera, podrá participar la Federación Nacional de Departamentos, la Federación Colombiana de Municipios y la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales, según corresponda, y los diferentes actores y esquemas asociativos locales y regionales, entre ellos, las Regiones Administrativas de Planificación que correspondan con su jurisdicción. Los gobernadores y alcaldes no podrán delegar su participación en las mesas, sin perjuicio que sea por razones de fuerza mayor.
Entre tanto se realizan los ejercicios de planeación y se incorporen las iniciativas y proyectos en el capítulo independiente de inversiones con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías que se denominará "Inversiones con cargo al SGR" en los planes de desarrollo territorial vigentes, y sin exceder los 6 meses que establece el
del Artículo 30 de la Ley 2056 de 2020, con cargo a la Asignación para la Inversión Regional, se podrán presentar para aprobación aquellos proyectos que se encuentren en concordancia con su Plan Desarrollo Departamental y las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación definidas en las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación u otros instrumentos de planificación con impacto regional. En todo caso, los proyectos de inversión deberán cumplir con el ciclo de proyectos establecido en la Ley 2056 de 2020 y el presente Decreto. Para el 60% de los recursos de Asignación para la Inversión Regional que corresponde a los departamentos para el año 2021, se podrán presentar para aprobación ante las secretarias de planeación según lo establecido en el Artículo 33 de la Ley 2056 de 2020, aquellos proyectos que se encuentren en concordancia con su Plan de Desarrollo Departamental y las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación definidas en las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación u otros instrumentos de planificación con impacto regional, que se destinen a proyectos en infraestructura educativa, infraestructura vial terciaria, secundaria y urbana, proyectos de reforestación, electrificación rural, reactivación del sector agropecuario, conectividad, generación de empleo y reactivación del sector productivo, agua potable y saneamiento básico, como lo establece el Artículo 209 de la Ley 2056 de 2020. En todo caso los proyectos de inversión deberán cumplir con el ciclo de proyectos establecido en la Ley 2056 de 2020 y el presente Decreto.
El capítulo independiente de “Inversiones con cargo al SGR” del Plan de Desarrollo de la entidad territorial beneficiaria podrá incluir un número superior de iniciativas o proyectos de inversión a las que resulten financiables con recursos del Sistema General de Regalías contenidos en el plan de recursos. Estas iniciativas o proyectos, que superan lo incorporado en el plan de recursos, podrán ser financiadas con las incorporaciones adicionales que se realicen durante cada bienio al presupuesto del Sistema General de Regalías .